Art. 6 Código civil: La ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento.
Hoy se ha producido el cambio de 120 a 110km/h en nuestras carreteras. En muchos lugares todavía aparecían carteles a 120km/h e incluso algunos tapados con bolsas de basura negras, por lo que el comentario generalizado es el de que la carretera no disponía de límite de velocidad. Por ello, nada mejor que recordar cierto artículo, que muchas veces no es tenido en cuenta.
2 comentarios:
La verdad es que siempre solemos agarrarnos a nuestra ignorancia, especialmente cuando sabemos que no hemos obrado bien...
- Ains... Es que no lo sabía!!!
Pues ale, ya tenemos articulito que nos lo recuerda.
Gracias Bloggerman!!
Y uno no puede sino preguntarse si en un caso de decretazo como el que nos ocupa serán de aplicación las correspondientes eximentes legales y el ciudadano de bien podrá alegar legítima defensa (sr. agente, es que a esta velocidad me muero, le juro que me muero) o estado de necesidad (sr. agente, es que o le adelantaba por la derecha a 130 o le mataba, le juro que le mataba) o si, por el contrario, aunque se defiende con contundencia la necesidad de adoptar medidas encaminadas a la reducción del consumo de combustible, el espiritu de la norma es otro, más concentrado en el vaciar el bolsillo del ciudadano de bien que en llenarlo. Locución por locución, permítaseme que ante la sarta de consideraciones tendenciosas con que nos regala el expositivo del Decreto, no pueda por menos que venirme a la cabeza la sabiduría popular con su "excusatio non petita, accusatio manifesta".
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