Tal y como está estructurada la sociedad, existen normativas que regulan nuestro día a día. Unas sirven para beneficiarnos mediante derechos y otra para obligarnos mediante deberes. El incumplimiento de ellos conlleva penas y sanciones, especialmente. Pues bien, no siempre. El FcBarcelona trató de no viajar el pasado fin de semana por el problema de los controladores aéreos en España. Resulta que el Reglamento de la Federación Española de Fútbol es claro en este aspecto:
El art. 215.2 dice que "10 minutos antes e la hora fijada para el inicio del encuentro no se podrán hacer ejercicios de calentamiento". Y en su punto 3 "A la hora fijada, el árbitro dará la señal de comenzar el encuentro. Si transcurridos treinta minutos a partir de aquélla, uno de los equipos no se hubiera presentado [...] se consignará en el acta [...] y se le tendrá por no comparecido".
Pues no ocurrió nada de esto cuando el partido se inició a las 20:45 cuando su inicio estaba previsto a las 20:00 horas, con la única aclaración por parte del Club de que no contaban con el problema de los controladores aéreos.
En la rueda de prensa Guardiola sentencia:
“Somos de un país llamado Cataluña y estamos ahí arriba, en una esquina, así que pintamos poco en todo lo demás”.